¿Se puede prescindir de los mayoristas en un canal de distribución?

La primer cuestión que surge es si los mayoristas encarecen los precios finales pagados por el consumidor de los productos y es evidente que existen unos incrementos en algunos productos en los precios desde el productor-fabricante hasta el consumidor final, pero no está tan claro si este aumento de precio es causado por los mayoristas, con el objeto de obtener un mayor beneficio económico, o por otros miembros de la cadena de distribución (detallistas, grandes cadenas, etc.).

El mayorista, como cualquier otro integrante de la cadena de distribución, tiene como objetivo la búsqueda de beneficio económico y, para ello, suele encarecer los productos. Pero hay que tener en cuenta que el mayorista tiene unas funciones (servicios prestados a los diversos públicos objetivos: fabricantes, proveedores industriales, detallistas, empresas e instituciones) en el proceso de comercialización de los productos que son necesarias  y el porcentaje que obtiene el mayorista por la realización de forma eficiente de estas funciones es el llamado “margen funcional”, que es el que provoca este incremento de precio.

Sin embargo, la eliminación del mayorista del canal de distribución no supondrá en ningún caso la mejora automática de la eficiencia. Para que un canal de distribución sea eficaz, es preciso que se realicen las funciones anteriormente mencionadas y, si el mayorista no es quien las realiza, otro miembro de la cadena será el encargado de desarrollarlas. Así, los costes de dichas funciones serían asumidos por ese nuevo eslabón y también repercutiría dichos costes en el precio de los productos, llegando incluso a producirse un incremento mayor en el precio final, al no poder realizar dichas funciones de forma tan eficiente como los mayoristas.

Por tanto, ni es posible afirmar categóricamente que el mayorista encarece “en general” los precios ni que su desaparición de la cadena mejoraría la eficiencia funcional y económica. Mientras el mayorista aporte valor a la cadena de suministro al realizar sus funciones, el coste añadido al producto no podrá considerarse como un encarecimiento injustificado y, por otra parte,

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