Apuntes varios-Inma Clérigues

La tasa Tobin

Las tasas de transacciones financieras han sido un tema recurrente tras crisis económicas. Keynes, en 1936 tras la Gran Depresión, afirmaba que una “substantial government transfer tax on all transactions might prove the most serviceable reform available with a view to mitigating the predominance of speculation over enterprise in the United States”[1].


Años después, el premio Nobel Tobin, keynesiano, propuso fiscalizar las transacciones financieras internacionales con la tasa  que lleva su nombre y que consiste en un impuesto sobre todas las transacciones denominadas en divisas extranjeras, de aplicación en todo el mundo y proporcional al volumen de la transacción (en ningún caso superior al 1%).

Así, la tasa gravaría las transacciones brutas, es decir, se pagaría dos veces: cuando se adquieren las divisas extranjeras y de nuevo cuando las mismas se venden. Tobin concibió su impuesto como un mecanismo corrector del decepcionante funcionamiento de flotación “sucia” que se instauró después del hundimiento del sistema de tipos de cambio fijos de Bretton Woods. Su intención era corregir los fallos de mercado que constituyen, de un lado, la excesiva variabilidad de los tipos flotantes y la gran presión sobre los tipos fijos y, del otro, la falta de autonomía a corto plazo de las políticas macroeconómicas (monetaria y fiscal) de la que los gobiernos disfrutaban antes de que la convertibilidad de las divisas fuera tan sencilla. Además, como subproducto, la tasa produciría una ingente recaudación que podría destinarse a los países en vías de desarrollo.

En 2010, el Consejo Europeo llegó a la conclusión que la Unión Europea debería dirigir sus esfuerzos a la introducción de tasas a las instituciones financieras y a su defensa ante los miembros del G20[2]. Así, en una Resolución, se pide a la Comisión y al Consejo que debata como usar una tasa de transacciones financieras para financiar la cooperación y el desarrollo, ayudar a los paises en vías de desarrollo a combatir el cambio climático y para contribuir al presupuesto de la Unión Europea.

Al margen de los diferentes gobiernos, la Asociación por la Tasación de las Transacciones Financieras y por la Ayuda a los Ciudadanos (ATTAC) se creó a finales del siglo pasado como un movimiento social internacional con un objetivo básico: presionar para la implantación mundial de un impuesto sobre las transacciones cambiarias (ITC), que es ni más ni menos que la Tasa Tobin.

En la actualidad, incluso dentro de la Unión Europea, existen posiciones encontradas al respecto de la implantación de una tasa de transacciones financieras. Por un lado, Alemania y Francia aprueban la creación de la tasa, mientras que Reino Unido se opone a la Robin Hood Tax. La causa principal de la oposición inglesa radica en la fuerte dependencia, tanto a nivel de empleo como de ingresos, de la economía británica de la City londinense (núcleo financiero del Reino Unido).

La razón por la que aparece de forma recurrente la tasa Tobin en la agenda de los gobiernos radica en el hecho que a pesar de que teóricamente los mercados financieros deberían movilizar el ahorro mundial para dedicarlo a inversiones productivas, facilitar el comercio internacional e intermediar ahorro y riesgos económicos entre agentes a cambio de una remuneración, lo que buscan en la práctica es la ganancia rápida a través de las fluctuaciones de los tipos de cambio de las monedas y de las diferencias en los tipos de interés en los países. De hecho, los mayores ingresos en los mercados financieros provienen de las operaciones a corto plazo y de alta frecuencia, concentradas en operaciones especulativas y aprovechando la casi inexistente regulación del sector financiero.

En lo que respecta a las ventajas, tenemos las siguientes:

A su vez, los inconvenientes serían:

 


[1]                http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/taxation/gen_info/economic_analysis/tax_papers/taxation_paper_20_en.pdf

[2]             http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/taxation/com_2010_0549_en.pdf