Apuntes varios-Inma Clérigues

Contratos de compraventa internacional

El contrato de compraventa internacional, tiene por objeto, el intercambio de determinados bienes a cambio de una contraprestación en dinero entre empresas situadas en estados diferentes, según dispone el Convenio de Viena de 11 de Abril de 1980 sobre Contratos Internacionales de Compraventa de Mercaderías.


Las cláusulas más idóneas a incluir en este tipo de contrato son:

1. Identificación de las partes contratantes, comprendiendo la razón social, identificación de los representantes de las empresas contratantes, domicilio mercantil o social, datos de la constitución social, inscripción registral, etc.
2. Identificación de la fecha y lugar del contrato.
3. Cláusulas contractuales:

4. Otras cláusulas específicas: transformación o agrupación de los productos vendidos, etc.
5. Es norma habitual la introducción de una cláusula relativa al fuero aplicable al contrato. En los supuestos de contratación internacional es aconsejable la elección de jurisdicción en tribunales españoles y la otra opción es la del arbitraje.
6. Rúbrica y Firma de los contratantes

Como modelo de contrato de compraventa internacional, es interesante el publicado por Juris Internacional, que es una colección multilingüe (inglés, francés y español) de informaciones jurídicas relacionadas con el comercio internacional y que es el resultado de un Acuerdo de Colaboración suscrito por el Centro de Comercio Internacional (CCI), LexUM del Centro de Investigaciones en Derecho Público de la Universidad de Montreal-Canadá y Juripole de la Universidad de Nancy- Francia.

Uno de los modelos de contrato que aparecen en esta colección es el correspondiente a la compraventa internacional de productos perecederos y que puede ser consultado en el siguiente enlace: http://www.jurisint.org/doc/orig/con/es/2001/2001jicones2/2001jicones2.pdf